Criterios para reducir contagio de coronavirus: 3 de mayo al 30 de julio

Estimada Comunidad del CIESAS,

Como continuidad del Comunicado que enviamos por esta vía el pasado 12 de enero de 2021, en el sentido de prorrogar nuestras actividades sustantivas por vía remota hasta el 30 de abril, nos permitimos actualizar los criterios para guiar las actividades cotidianas del Sistema Nacional CIESAS.

Este 30 de abril, la Secretaría de la Función Pública publicó en el Diario Oficial de la Federación un Acuerdo por el cual el gobierno federal determina nuevos criterios para reducir el riesgo de contagio y dispersión del coronavirus SARS-COV-2, dirigidos a los empleados de la administración pública federal, para el nuevo periodo comprendido entre el 3 de mayo y el 30 de julio.

Criterios:

  1. La determinación de los nuevos criterios contempla la recomendación de mantener el trabajo a distancia en todas aquellas tareas que posibiliten «el cumplimento de las funciones» institucionales. El Acuerdo establece que en el trabajo a distancia así definido se debe observar el horario de la jornada laboral.
  2. En la determinación de mantener el trabajo a distancia, el Acuerdo coloca especial énfasis «en las personas con discapacidad, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia y personas con enfermedades crónicas consideradas de riesgo por las autoridades de salud, tales como obesidad mórbida, diabetes mellitus, hipertensión arterial, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, asma, enfermedades cerebrovasculares», entre otras.
  3. En los casos en que se realice el trabajo presencial, el Acuerdo recomienda una forma de asistencia alternada (horarios escalonados), con objeto de mantener las medidas para la protección de la salud, así como el cumplimiento de la sana distancia y los filtros de supervisión (de acuerdo con el Protocolo de actividades CIESAS, Mayo-Julio, 2021, que enviaremos por correo electrónico el 6 de mayo).
  4. Finalmente, la aplicación de los nuevos criterios, indica el Acuerdo, «no implicará la autorización de viáticos, pasajes o erogación adicional alguna». (Artículo 3°).

Actividades sustantivas

En consideración al reciente Acuerdo, y atendiendo como prioridad la salud y la seguridad de las y los integrantes de la comunidad del CIESAS, ratificamos_los siguientes términos.
Reiteramos, de modo comprensible, que durante el tiempo en que transcurra la prórroga no podrá tramitarse a la planta académica del CIESAS el apoyo de viáticos para realizar trabajo de campo o de archivo. Sólo se apoyará el pago de inscripciones a Congresos cuya modalidad sea virtual

Recomendamos que las actividades de docencia mantengan durante el trimestre próximo la modalidad en línea que han llevado. En los eventuales casos en que la modalidad en línea no sea suficiente para lograr «el cumplimiento de las funciones» institucionales, como establece el Acuerdo, todas las actividades presenciales que se celebren deberán cumplir con las características definidas arriba, que incluyen sana distancia, formas alternadas de asistencia (horarios escalonados), filtros de supervisión y cumplimiento del Protocolo de actividades C/ESAS, Mayo-Julio, 2021. La Subdirección de Docencia permanecerá atenta para compartir la información derivada de este Protocolo con las Coordinaciones de los Posgrados.

Respecto a los eventos académicos como seminarios permanentes y cátedras institucionales, se les recomienda aún no comprometer recursos con otras instituciones para realizar encuentros académicos presenciales. Tratemos de promover las sesiones en forma virtual.
En cuanto a la aportación de recursos económicos vía Cátedras Institucionales, en las cuales se otorgan premios a las mejores investigaciones o tesis de grado -y que tengan comprometido parte del presupuesto mediante un convenio institucional- éstas contarán con el apoyo correspondiente.

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